DEMOCRACIA
Es una forma de organización social que
atribuye la titularidad del poder al conjunto de la sociedad. En sentido
estricto, la democracia es una forma de organización del estado en la cual las
decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de
participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus
representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia
social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se
establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.
La democracia se define también a
partir de la clásica clasificación de las formas de gobierno realizada por
Platón, primero, y Aristóteles, después, en tres tipos básicos: monarquía
(gobierno de uno), aristocracia (gobierno «de los mejores» para Platón, «de los
menos», para Aristóteles), democracia (gobierno «de la multitud» para Platón y
«de los más», para Aristóteles).
Formas
de democracia: Clásicamente
la democracia ha sido dividida en dos grandes formas:
Democracia
directa: Se
trata de la democracia en estado puro, tal como la vivieron sus fundadores
atenienses. Las decisiones las toma el pueblo soberano en asamblea. No existen
representantes del pueblo, si no, en todo caso, delegados que se hacen
portavoces del pueblo, que únicamente emiten el mandato asambleario. Se trata
del tipo de democracia preferido no sólo por los demócratas de la Antigua
Grecia, sino también para muchos pensadores modernos (Rousseau, por ejemplo) y
para una buena parte del Socialismo y del Anarquismo. Un ejemplo de democracia
directa más conocido es el de la Atenas clásica.
Indirecta
o representativa: El pueblo se
limita a elegir representantes para que estos deliberen y tomen las decisiones,
de forma jerárquica.
Democracia
semidirecta o participativa: Algunos autores también distinguen una
tercera categoría intermedia, la democracia semidirecta, que suele acompañar,
atenuándola, a la democracia indirecta. En la democracia semidirecta el pueblo
se expresa directamente en ciertas circunstancias particulares, básicamente a
través de cuatro mecanismos:
Referéndum. El pueblo elige «por sí o
por no» sobre una propuesta.
Plebiscito. El pueblo concede o no
concede la aprobación final de una norma (constitución, ley, tratado).
Iniciativa popular. Por este mecanismo
un grupo de ciudadanos puede proponer la sanción o derogación de una ley.
Destitución popular, revocación de
mandato o recall. Mediante este procedimiento los ciudadanos pueden destituir a
un representante electo antes de finalizado su período.
Democracia
líquida: En
la Democracia Líquida cada ciudadano tiene la posibilidad de votar por Internet
cada decisión del parlamento y realizar propuestas, pero puede ceder su voto a
un representante para aquellas decisiones en las que prefiere no participar.
DERECHOS HUMANOS
Los derechos humanos son aquellas
libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes
primarios o básicos1 que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su
condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de
etnia, color, sexo, idioma, religión, orientación sexual, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento
o cualquier otra condición.
Marco
histórico:
Los derechos humanos, herederos de la
noción de derechos naturales,10 son una idea de gran fuerza moral11 y con un
respaldo creciente.12 Legalmente, se reconocen en el Derecho interno de
numerosos Estados y en tratados internacionales. Para muchos, además, la
doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del Derecho y conforma
una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico
contemporáneo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha
convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje
de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas
sociedades.12 Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la
filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación,
contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;13 y también claros
problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre
lo violado y lo garantizado estatalmente.
Evolución
histórica
Muchos filósofos e historiadores del
Derecho consideran que no puede hablarse de derechos humanos hasta la
modernidad en Occidente. Hasta entonces, las normas de la comunidad, concebidas
en relación con el orden cósmico, no dejaban espacio para el ser humano como
sujeto singular,21 concibiéndose el derecho primariamente como el orden
objetivo de la sociedad. La sociedad estamental tenía su centro en grupos como
la familia, el linaje o las corporaciones profesionales o laborales,22 lo que
implica que no se concebían facultades propias del ser humano en cuanto que
tal, facultades de exigir o reclamar algo. Por el contrario, todo poder
atribuido al individuo derivaba de un doble status: el del sujeto en el seno de
la familia y el de ésta en la sociedad. Fuera del status no había derechos.23
La existencia de los derechos subjetivos,
tal y como se piensan en la actualidad, fue objeto de debate durante los siglos
XVI, XVII y XVIII.24 Habitualmente se dice que los derechos humanos son
producto de la afirmación progresiva de la individualidad25 y, de acuerdo con
ello, que la idea de derechos del hombre apareció por primera vez durante la
lucha burguesa contra el sistema del Antiguo Régimen.26 Siendo ésta la
consideración más extendida, otros autores consideran que los derechos humanos
son una constante en la Historia y hunden sus raíces en el mundo clásico.
Toda
persona tiene derecho:
·
A
la vida.
·
A
la integridad personal -física, psíquica y moral.
·
A
la libertad personal.
·
A
peticionar ante las autoridades.
·
A
la libertad de expresión.
·
A
la protección de la libertad de conciencia y dereligión.
·
A
reunirse libremente y a asociarse.
·
A
la identidad y la nacionalidad.
·
A
la propiedad privada.
·
A
circular y a residir en el territorio de un Estado.
·
A
un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal objetivo, independiente
e imparcial y a la doble instancia judicial.
·
A
la presunción de inocencia.
·
A
la defensa.
·
A
no ser discriminado.
·
A
trabajar.
·
A
la salud.
·
A
la cultura.
·
A
la protección y asistencia familiar.
·
A
la asistencia de niños y adolescentes.
·
A
recibir protección y asistencia durante el embarazo y parto.
·
A
una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
·
A
la educación pública y gratuita en todos los niveles de enseñanza.
·
A
un medio ambiente sano y equilibrado.
·
A
la autodeterminación de los pueblos.
·
A
la protección de su salud, seguridad e intereses económicos y a una información
adecuada y veraz en relación al consumo y uso de bienes y servicios
·
A
vivir en paz.
·
Al
desarrollo humano económico y social sostenible.
Escuela Normal Superior Maria Auxiliadora
Girardot - Cundinamarca
Daniela Fernanda Casanova Calvo 11°02